Reparto de utilidades: Ésta es la fecha límite en que debes recibirlas

La mayoría de los trabajadores tienen derecho al reparto de utilidades, pero hay algunas excepciones, como los cargos directivos, administradores y gerentes, así como las trabajadoras domésticas, entre otros

MÉXICO.- La Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa para la que laboran es un derecho y ésta debe ser del 10% sobre las ganancias obtenidas en el ejercicio fiscal anterior.
 

La mayoría de los trabajadores tienen derecho al reparto de utilidades, pero hay algunas excepciones, como los cargos directivos, administradores y gerentes, así como las trabajadoras domésticas, entre otros.
 

¿Quiénes tienen derecho al reparto de utilidades?
 

  1. Trabajadores de planta
     
  2. Trabajadores eventuales que hayan colaborado por lo menos 60 días durante el año anterior
     
  3. Extrabajadores de planta
     
  4. Trabajadores de confianza
     

¿Quiénes no tienen derecho al reparto de utilidades?
 

Algunos trabajadores no tienen derecho a participar del reparto de utilidades

¿Cuándo es la fecha límite para el reparto de utilidades?

Si trabajas con un patrón que es una persona moral, debes recibir el pago de las utilidades a más tardar el 30 de mayo, de lo contrario puedes solicitar asesoría ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet).

¿Cuánto te corresponde de utilidades?

De acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, en el artículo 123, la utilidad repartible se divide en dos partes iguales que se reparten entre los trabajadores, de acuerdo al número de días trabajados por cada uno durante el año.
 

El otro 50% se reparte en proporción al monto de los salarios percibidos por los trabajadores también durante todo el año.
 

Además, del monto total generado de utilidades por la empresa durante el año fiscal anterior, se reparte el 10% entre los trabajadores, siempre que hayan sido superiores a 300 mil pesos.
 

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