En el caso de las personas morales, la entrega de este dinero se debe realizar entre el 1 de abril y el 31 de mayo, pero si tu empleador es una persona física, las utilidades se deben entregar entre el 1 de mayo y el 28 de junio
MÉXICO.- La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), es un derecho que se establece en la Ley Federal del Trabajo y cuya fecha límite de entrega depende del tipo de patrón que tengas, es decir, si es persona física o moral.
En el caso de las personas morales, la entrega de este dinero se debe realizar entre el 1 de abril y el 31 de mayo, pero si tu empleador es una persona física, las utilidades se deben entregar entre el 1 de mayo y el 28 de junio.
¿Quiénes tienen derecho a PTU?
De acuerdo con las autoridades laborales, todos los trabajadores que están al servicio de un patrón, tienen derecho al reparto de utilidades, a excepción de:
- Directores, administradores y gerentes generales de la empresa
- Socios o accionistas de la empresa
- Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año al que corresponda el reparto de utilidades
- Profesionistas, técnicos y otros, que mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado
- Las trabajadoras del hogar
¿Qué patrones no tienen obligación de repartir utilidades?
- Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento; si además se dedican a la elaboración de un producto nuevo, quedan exceptuadas durante los dos primeros años de funcionamiento
- Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración
- Las instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes, que no tengan fines de lucro
- El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de otra beneficencia
- Las empresas cuyo ingreso anual declarado al Impuesto Sobre la Renta (ISR) sea menor a 300 mil pesos
¿Cómo saber cuánto te corresponde de utilidades?
La utilidad repartible que haya reportado la empresa ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se divide en dos partes iguales de la siguiente manera:
Una parte por igual entre todos los trabajadores, considerando los días trabajados por cada uno en el año y en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.