SAT: ¿Qué contribuyentes no están obligados a activar su Buzón Tributario antes de que inicie el año?

El Servicio de Administración Tributaria dio a conocer qué tipo de contribuyentes no están obligados a activar esta opción, tan indispensable para el fisco   

MÉXICO-. A menos de dos días para que concluya el presente año y dé inicio la nueva etapa del 2024, diversas instituciones y organismos financieros y fiscales intensifican sus avisos dirigidos a los usuarios, instándolos a realizar trámites fundamentales apenas comience el próximo mes.

Entre estas entidades que despliegan alertas cruciales se encuentra el SAT, principal organismo encargado de supervisar y administrar las obligaciones tributarias en México. 

Este desempeña un papel integral en la recaudación de impuestos y el cumplimiento de las obligaciones fiscales en el país.

Avisos tributarios 

Recientemente, el SAT emitió una advertencia relevante relacionada con el Buzón Tributario, un servicio diseñado para notificar a los contribuyentes sobre cualquier acto o resolución administrativa. 

Esto incluye notificaciones sobre discrepancias fiscales pendientes de resolución, recordatorios para la presentación de declaraciones y otros mensajes de importancia tributaria.

Las multas al asecho de los contribuyentes inactivos 

La activación del Buzón Tributario se vuelve crucial, ya que aquellos contribuyentes que no cuenten con esta herramienta activa pueden enfrentar multas y sanciones que oscilan entre 3,420 y 10,260 pesos

Esta situación subraya la importancia de que los contribuyentes estén al tanto de sus obligaciones fiscales y mantengan activo este medio de comunicación con el fisco.

¿Qué contribuyentes no están obligados a activar su Buzón Tributario antes de que inicie el año?  

Sin embargo, es fundamental destacar que no todos los contribuyentes están obligados a activar su Buzón Tributario antes del inicio del nuevo año. 

El SAT ha aclarado que aquellos que se encuentren en una situación fiscal de cancelados, así como aquellos cuyo RFC esté suspendido, ya sea con situación fiscal suspendida o no, no están obligados a activar dicho servicio.

Estas precisiones buscan brindar claridad a los contribuyentes, asegurando que solo aquellos que se encuentren en situaciones fiscales específicas deben prestar atención a esta importante herramienta de comunicación con el fisco.

Ante la inminente llegada del 2024, es imperativo que los usuarios estén informados y tomen las medidas necesarias para cumplir con sus obligaciones tributarias de manera efectiva.

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