¿Te puedes pensionar si llevas muchos años sin cotizar? Esto dice un experto

El abogado Leonardo Cruz, especialista en seguridad social, explica las soluciones que ofrece la Ley del Seguro Social para recuperar la vigencia de derechos y qué ocurre cuando se deja de cotizar durante varios años

MÉXICO.- Cuando una persona deja de cotizar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), se pregunta si es posible pensionarse aún con este inconveniente y un experto lo explica.
 

El abogado Leonardo Cruz, especialista en seguridad social, explica las soluciones que ofrece la Ley del Seguro Social para recuperar la vigencia de derechos y qué ocurre cuando se deja de cotizar durante varios años.
 

Según el artículo 182 de la Ley del Seguro Social, los asegurados que dejen de pertenecer al régimen del seguro obligatorio, conservarán los derechos adquiridos a pensiones en los seguros de invalidez, edad avanzada y muerte por un período igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales.
 

En un ejemplo que da el especialista, presenta el caso del señor Juan, cuya última cotización fue el 13 de septiembre de 1994. Teniendo en cuenta sus mil 40 semanas cotizadas, equivalente a 20 años.
 

La conservación de derechos le otorgaba vigencia hasta el 13 de septiembre de 1999, sin embargo, aunque el señor Juan cumple con los requisitos de edad y semanas cotizadas para la pensión, no podrá pensionarse debido a que ha perdido la vigencia de sus derechos.
 

El artículo 183 de la Ley del Seguro Social establece que una persona que haya dejado de cotizar más de 6 años al régimen obligatorio podrá recuperar las semanas previamente cubiertas al reunir 52 semanas nuevas en su nuevo aseguramiento.
 

En el caso del ejemplo de Juan, deberá volver a cotizar durante un año para poder pensionarse.
 

El abogado menciona que muchas personas en esta situación optan por la simulación laboral, buscando a alguien que los dé de alta como trabajadores y pagando una cantidad mensual. 
 

Sin embargo, esto implica el riesgo de ser detectados en una auditoría y considerado como una simulación laboral, lo que puede resultar en multas y pérdida de tiempo y dinero.
 

La buena noticia es que hay una solución legal y accesible para este problema, porque según el artículo 13, fracción primera de la Ley del Seguro Social, los trabajadores en industrias familiares, profesionales independientes, comerciantes y artesanos, pueden asegurarse voluntariamente al régimen obligatorio.
 

Con esta opción los trabajadores pueden cotizar en todas las ramas del seguro, recuperar la vigencia y tener derecho a la pensión.
 

Aunque tener muchos años sin cotizar puede suponer un obstáculo para pensionarse, existen opciones legales para recuperar la vigencia de derechos y lograr el propósito de obtener una pensión de manera adecuada y apegada a la ley.
 

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