IMSS advierte sobre prácticas indebidas por patrones en planes de pensiones

Estas prácticas consisten en que los trabajadores reciben dinero en efectivo o depósitos, las cuales se registran de manera fraudulenta en la contabilidad y los recibos de nómina

MÉXICO.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), advirtió sobre conductas que ha detectado en las que los patrones o sujetos obligados, utilizan estrategias para evadir el pago de las aportaciones de seguridad social.
 

Estas prácticas consisten en que los trabajadores reciben dinero en efectivo o depósitos, las cuales se registran de manera fraudulenta en la contabilidad y los recibos de nómina como pagos por concepto de planes de pensiones, pensión de subsistencia, pensión de supervivencia, jubilaciones, renta vitalicia o fondo de pensión.
 

El objetivo de estas actividades fraudulentas es excluir estos montos del salario base de cotización y disfrazarlos de ingresos no salariales, lo que les permite eludir las obligaciones de seguridad social. 

Se han identificado tanto personas físicas como morales, que ofrecen esquemas para simular planes de pensiones, con lo que incumplen requisitos legales mínimos, como el tiempo mínimo de aportaciones y la edad necesaria para acceder a una pensión.
 

Estas prácticas tienen un impacto directo en los derechos de los trabajadores, así como en la seguridad económica de los trabajadores y sus familias, ya que las pensiones garantizan ingresos para mantener un nivel de vida digno.
 

En respuesta a este problema, el Consejo Técnico del IMSS en su reunión ordinaria un criterio que orienta a los patrones o sujetos obligados sobre la exclusión del concepto de aportaciones a fondos de planes de pensiones en la integración del salario base de cotización, según lo establecido en la fracción VIII del artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
 

Según esta norma, se considera una práctica fiscal indebida en materia de seguridad social:
 

1. Dar dinero a los empleados a través de efectivo, nóminas o de otro modo pretendiendo servir a fines sociales como planes de pensiones, pensión de sobrevivencia, jubilaciones, renta vitalicia, fondo de pensión o previsión social, con el objetivo de excluirlos del salario base de cotización y evitar el pago de las aportaciones de seguridad social. 
 

2. Se excluyen del salario base aportado los aportes realizados para la constitución de fondos de planes de pensiones que no cumplan con los requisitos establecidos por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).
 

3. Ofrecer asesoramiento, aconsejar, prestar servicios, o dedicarse a la realización o ejecución de cualquiera de los actos anteriores.
 

También enfatiza que los contadores públicos autorizados que emitan una opinión de cumplimiento “limpia y sin salvedades” en el dictamen en materia de seguridad social de los patrones que incurran en estas conductas, será considerado responsable.
 

El IMSS solicitó a los empleadores u otras partes responsables que se abstengan de estas prácticas inapropiadas.
 

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