¿Quienes tienen derecho al reparto de utilidades?

Es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.

MÉXICO.- Mayo representa para muchos trabajadores un respiro en las finanzas personales con la llegada del reparto de utilidades. 

Es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal. Sin embargo, no todos los empleados tienen derecho a esta prestación.

De acuerdo a la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, todos los trabajadores y trabajadoras en México son objeto de participar de las utilidades; un derecho constitucional de la población trabajadora, que proporciona un trabajo personal subordinado a una persona física o moral a cambio de un salario, por lo que tiene derecho a participar de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa, siempre y cuando estas se generen.

¿Quiénes no tienen derecho al reparto de utilidades?

Según la Ley Federal del Trabajo (LFT), en su artículo 127, las personas que no tienen derecho a participar en el reparto de utilidades son: los directores, administradores y gerentes generales, así como los trabajadores del hogar. 

Los trabajadores eventuales tendrán derecho a participar en las utilidades de la empresa cuando hayan trabajado sesenta días durante el año, por lo menos.

¿Cuándo se debe pagar las utilidades?

¿Qué patrones no están obligados a dar utilidades?

¿Cuándo deben entregarse las utilidades?

Las personas morales (empresas) tienen hasta el 30 de mayo de 2022 para cumplir con el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU); las personas físicas (patrones) tendrán hasta el 29 de junio.  

Fuente: Gobierno de México, Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo y LFT

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