¿Qué pasa si no tramita su Constancia de Situación Fiscal?

Muchos se han preguntado qué pasa si no la obtienen y tienen dudas sobre si serán acreedores de alguna multa o sanción por parte del SAT o si le van a dejar de pagar su quincena.

Por:  Redacción HoyDinero

MÉXICO.- La Constancia de Situación Fiscal o constancia de RFC como se le conoce, es un documento que contiene todos los datos del contribuyente.

Muchos se han preguntado qué pasa si no la obtienen y tienen dudas sobre si serán acreedores de alguna multa o sanción por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) o si le van a dejar de pagar su quincena.

No hay ninguna multa o sanción para los trabajadores, porque es un requisito que sirve para cumplir con un trámite administrativo para el correcto timbrado de la nómina.

Es parte del nuevo procedimiento para el llenado de los recibos para el pago de sueldos y salarios bajo la nueva versión 4.0 de las facturas electrónicas o comprobante fiscal digital por internet (CFDI) que será obligatorio a partir del primero de julio del 2022.

Los cambios entraron en vigor desde enero del 2022 como parte del paquete fiscal aprobado por el Congreso de la Unión, pero existe un periodo de transición en el cual convive tanto la versión 3.3 y la 4.0 hasta el 30 de junio próximo.

Para los CFDI con la versión 4.0 es obligatorio poner los datos del emisor y receptor de la factura con nombre y código postal del domicilio fiscal, e incluyen a los recibos de nómina.

La Constancia de Situación Fiscal puede servir para múltiples fines; por ejemplo:

Puede tramitar su esta constancia vía Internet con su e-firma y RFC y si no cuenta con su e-firma puede hacerlo en las oficinas del SAT. Además puede hacerlo por teléfono en aproximadamente 15 minutos con estos sencillos pasos.

No le pueden retener su salario

El documento se tiene que entregar a las áreas de recursos humanos de las empresas para la certificación fiscal digital en el recibo del pago del salario de los trabajadores con los datos correctos y actualizados.

Fiscalistas afirman que va contra la Ley del Trabajo que el patrón retenga el salario si no entregas la Constancia Fiscal antes del 30 de junio próximo, no es una causal de suspensión de pago de retribución por los servicios prestados.

Las consecuencias, más bien recaen en el patrón porque no podrá hacer deducible de impuestos su nómina.

Cualquier dato erróneo o no actualizado que ponga en el recibo de uno de sus empleados, será rechazado de inmediato con la nueva versión 4.0 del CFDI de nómina.

Fuente: El Universal

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