Es falso que te quedes sin quincena por no tener la constancia de situación fiscal: Cetys

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), es quien solicita la constancia de situación fiscal, la cual deben entregar las empresas antes del 1 de julio, pero de acuerdo con expertos, es falso que si no la entregas te quedes sin tu pago de nómina

MÉXICO.- Si trabajas para una empresa, es muy probable que ya te hayan solicitado la constancia de situación fiscal, especialmente si eres de nuevo ingreso y si se trata de una empresa con menos de 400 trabajadores.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), es quien solicita la constancia de situación fiscal, la cual deben entregar las empresas antes del 1 de julio, pero de acuerdo con expertos, es falso que si no la entregas te quedes sin tu pago de nómina.

La coordinadora de la Licenciatura en Contador Público Internacional en Cetys, campus Tijuana, Rosa Sumaya Tostado, mencionó que la constancia de situación fiscal es un documento que emite el SAT y contiene la información de los contribuyentes.

Es indispensable que se entregue este documento lo antes posible a la empresa donde se labora, porque ella a su vez, tiene que usarlo para actualizar tus datos y emitir los recibos de nómina bajo las actualizaciones de la factura electrónica 4.0”, detalló.

La urgencia de las empresas se debe a que este año entró en vigor un ajuste para la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), la conocida factura electrónica 4.0, a la cual, a más tardar el 1 de julio tienen que adherirse las empresas que emiten recibos de nómina.

Para emitirla se requiere que los patrones agreguen dentro de los comprobantes de nómina la información actualizada de sus trabajadores, justo los que contiene la constancia de situación fiscal.

“De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), es obligación del patrón solicitar las constancias a las personas que contraten para prestar servicios subordinados, a más tardar dentro del mes siguiente a aquel en que se inicie la prestación del servicio y cerciorarse que estén inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)”, agregó la experta.

El SAT podría aplicar sanciones a las empresas que no cumplan con la entrega de las constancias de situación fiscal de sus trabajadores/ Especial

¿Qué pasa si no entregas la constancia de situación fiscal en el trabajo o no te la solicitan?

Aunque se ha manejado la posibilidad de quedarse sin poder cobrar la quincena, Rosa Sumaya recordó que el salario del trabajador está protegido por la constitución mexicana, por lo que sí podrán recibir su salario.

Las consecuencias de que las empresas no entreguen la constancia de situación fiscal de sus trabajadores, antes del 1 de julio, es una posible sanción para ellas, por no emitir los recibos de nómina, tal como los solicita el SAT.

“Los trabajadores tienen el derecho fundamental de percibir su salario, tan es así, que los numerales 5o. y 123, fracción VIII de la CPEUM prevén que nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial y que el salario mínimo queda exceptuado de embargo, compensación o descuento, respectivamente. Así que las empresas no pueden retener el sueldo del trabajador, sería una situación delicada para la empresa y, además, está alejada de la realidad jurídica que impera en materia del trabajo” puntualizó.

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