Así puedes evitar que el SAT investigue a un familiar que falleció cancelando su RFC

Cualquier familiar o un tercero interesado pueden acudir a las oficinas de la autoridad a cancelar su RFC, porque las obligaciones fiscales no terminan ni siquiera tras la muerte.

MÉXICO.- La pérdida de un familiar o un ser querido es uno de los mayores dolores a los que se enfrenta cualquier ser humano y muchas veces por el luto uno se olvida de hacer trámites que a la larga hacen más pesado el momento.

Uno de ellos es la cancelación del RFC ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), porque aunque no lo creas, las obligaciones con la autoridad fiscal no concluyen con la muerte.

Por eso es importante que si tu familiar o ser querido fallecieron y era un contribuyente activo, acudas a las oficinas del SAT a presentar el aviso de cancelación del RFC.

El trámite lo debes realizar dentro del mes siguiente al fallecimiento del contribuyente y lo puede llevar a cabo cualquier familiar de la persona fallecida o un tercero interesado.

También puede acudir una persona física que haya aceptado el cargo de representante legal de la sucesión (albacea) cuando se trate de una cancelación en el RFC por liquidación de sucesión.

Si la persona que falleció dejó algún adeudo con el fisco, es importante que se liquide el monto para que lo den de baja de la base de datos.

De acuerdo con el SAT, la duración máxima del trámite te llevará 40 minutos, y si sacas cita, la espera máxima para que un servidor te atienda será de cinco minutos.

Los documentos que requieres para hacer el trámite son:

Fuente: Servicio de Administración Tributaria

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