En México, según el Código Fiscal de la Federación (CFF) existen dos tipos de personas jurídicas: las morales y las físicas y cuya distinción conviene conocer al momento de empezar tu negocio.
MÉXICO.- Al momento de empezar un negocio, ya sea en conjunto con tus amigos ( o socios) debes saber qué es lo que más le conviene al negocio, ya sea si ser una persona física o una persona moral. Por tanto, es menester conocer cuáles son las diferencias entre una persona moral y una persona física.
En México, y según el Código Fiscal de la Federación (CFF) existen dos tipos de personas jurídicas (morales y físicas) que, acuerdo con el portal Clic Balance, son principalmente seis las diferencias que distinguen a una persona moral de una persona física.
- Una persona física corresponde a todo miembro de la especie humana, que dispone de la posibilidad de adquirir derechos y contraer obligaciones.
- Una persona moral, por su parte, corresponde a un conjunto de personas físicas que se unen con un fin en específico, por ejemplo: formar una sociedad o una empresa.
Sin embargo, esta pequeña distinción no deja en claro cuáles son las diferencias más distintivas.
6 diferencias entre una persona moral y una persona física.
- 1.- Las personas físicas se individualizan por su nombre y las personas morales se distinguen por una razón social.
- La razón social puede hacer referencia a la actividad que desarrolla la sociedad o ser un nombre inventado.
- 2.- Una persona moral no tiene cuerpo material que se pueda tocar.
- No obstante, las leyes le dotan de capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones, mientras que las personas físicas, al ser individuos, tienen un cuerpo material que se puede percibir.
- 3.- Las personas físicas pueden contraer obligaciones después de haber alcanzado la mayoría de edad.
- Las personas morales tienen la capacidad de ejercer derechos y contraer obligaciones desde su creación, aunque son limitadas según el fin por el que se crearon.
- 4.- Una persona moral no puede tener estado civil.
- Las personas físicas, por su parte, pueden tener un estado civil de soltería o matrimonio.
- 5.- Todas las personas morales, creadas conforme a las leyes mexicanas y que disponen de su domicilio en el territorio nacional, se consideran mexicanas.
- Las personas físicas, por su parte, pueden tener más de una nacionalidad.
- 6.- Las personas morales están obligadas a presentar contabilidad electrónica ante el SAT desde enero del 2015.