Es menester señalar que no expedir, no entregar o no poner a disposición de los clientes las facturas, o expedirlas sin que cumplan los requisitos indispensables, se consideran infracciones que pueden llevar a la clausura de un negocio.
MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) señala que, con el objetivo de ofrecer un mejor servicio, ha identificado diez malas prácticas en las que incurren establecimientos y prestadores de servicio a la momento de emitir una factura, como solicitar datos personales distintos al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o incrementar el precio del bien o del servicio.
Las diez malas prácticas.
- 1.- Exigir cualquier dato distinto al RFC.
El contribuyente que solicita la factura deberá propiciar verbalmente su RFC. Es decir: cualquier dato adicional no es un requisito para dicha emisión.
- 2.- Obligar a proporcionar un correo electrónico.
El contribuyente puede revisar en tiempo real que le haya llegado su factura a través de la página del SAT con su RFC y contraseña, el proporcionar el correo es una facilidad a la que tiene derecho el recepto de la factura para obtenerla, pero de ninguna manera es obligatorio.
- 3.- Incrementar el precio del bien o servicio cunado se solicita la factura.
El precio debe incluir el IVA, sin importar si se solicita o no dicha factura.
- 4.- Obligar al receptor a generar la factura en un portal.
Se debe entregar la factura en el establecimiento en donde se lleva a cabo la operación y al momento de realizarla, si así lo requiere el contribuyente.
- 5.- Negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción.
Se puede emitir con posterioridad, mientras sea en el mismo año en que se realizó la operación.
- 6.- Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada.
La forma de pago debe ser registrada cuando éste efectivamente se realice.
- 7.- Solicitar obligatoriamente se identifique el uso que se le dará a la factura.
- 8.- Negar la emisión de la factura cuando se pegue en efectivo.
Sin importar el medio por el cual se realice el pago del producto o servicio, se deberá emitir factura en este punto.
- 9.- No emitir factura cuando se reciben pagos por anticipos.
Cuando se reciban anticipos, se deben facturar.
- 10.- No emitir facturas.
En el SAT no tiene suscrito convenio con ningún contribuyente, cámara o asociación para la no emisión de facturas electrónicas.
El organismo señala que si detectas alguna de estas prácticas deberías denunciarlas en el portal del SAT, también reporta si no te emitieron factura o se emitió con errores.
Es menester que no expedir, no entregar o no poner a disposición de los clientes las facturas, o expedirlas sin que cumplan los requisitos, se consideran infracciones que pueden llevar a la clausura de un negocio.