PTU: Identifica si te corresponden utilidades y cómo debe ser su distribución

El último día de mayo es la fecha límite para la entrega de estos recursos, tanto para empleados, como ex empleados con derecho a recibirlo, pues deben repartirse 60 días naturales después a la fecha en la que la empresa presentó su declaración ante el SAT

MÉXICO.- Durante mayo se lleva a cabo el reparto de utilidades para gran parte de la fuerza laboral del País, el cual representa un ingreso extraordinario independiente al salario, y es una prestación a la que la mayoría de los trabajadores tienen derecho.

El último día de mayo es la fecha límite para la entrega de estos recursos, tanto para empleados, como ex empleados con derecho a recibirlo, pues deben repartirse 60 días naturales después a la fecha en la que la empresa presentó su declaración ante el SAT.

El coordinador de la Licenciatura en Contador Público Internacional, de Cetys Universidad, campus Mexicali, Enrique Luna Gutiérrez, mencionó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), establece que los meses de marzo y abril, las personas morales y físicas deben presentar su declaración anual.

Así que a más tardar el 30 de mayo, los trabajadores que laboran para una empresa, deben recibir sus utilidades, mientras que quienes trabajan con una persona, deberán recibir su pago a más tardar el 29 de junio.

En el artículo 123 de la Constitución Política Mexicana, se respalda el derecho de los trabajadores a recibir una parte de las utilidades obtenidas por su patrón, siempre y cuando no formen parte de una las excepciones que marca la Ley Federal del Trabajo como lo son:

Por el contrario, quienes cumplan con los siguientes requisitos, tienen derecho a recibir la prestación:

  1. Los trabajadores que participan en las utilidades del patrón de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas
  2. Las personas que hayan trabajado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más, según su declaración fiscal y que tengan más de un año en funcionamiento

Bajo estas condiciones, los trabajadores tendrán derecho al reparto de utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tenían contrato por obra determinada”, mencionó.

El experto de Cetys aclaró que el pago de utilidades se divide en dos partes, donde la primera se reparte por igual entre los trabajadores, considerando los días trabajados por cada uno en el año, independientemente de los salarios.

La segunda parte se distribuye en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

“Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria. Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año”, abundó Luna Gutiérrez.

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