Consideraciones financieras antes de casarse: La importancia de las capitulaciones matrimoniales

Los especialistas advierten sobre la importancia de tomar en cuenta la situación económica al dar el siguiente paso en una relación y contraer matrimonio.

MÉXICO.- En los últimos años, el número de divorcios ha aumentado significativamente en comparación con décadas pasadas, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). 

Ante esta realidad, los especialistas advierten sobre la importancia de tomar en cuenta la situación económica al dar el siguiente paso en una relación y contraer matrimonio.

La forma en la que se regirá el patrimonio de los recién casados se establece mediante las capitulaciones matrimoniales, que son acuerdos legales realizados ante notario. Estos acuerdos determinan cómo se administrarán los bienes durante y después del matrimonio, según explicó Fernando Castelazo, catedrático de Derecho en el ITESM y socio de la firma Casares Castelazo.

Las capitulaciones matrimoniales, también conocidas como acuerdos prenupciales, son pactos que regulan la administración de los bienes de los cónyuges, ya sea bajo el régimen de sociedad conyugal o bienes separados, como se define en el Código Civil Federal, destacó el portal Finanzas Prácticas.

Es fundamental que las cláusulas de las capitulaciones matrimoniales sean explícitas, claras y estén respaldadas legalmente. Cabe señalar que estas cláusulas pueden modificarse durante el matrimonio, pero siempre ante la presencia de un notario, añadió Castelazo. 

En el régimen de sociedad conyugal, también conocido como de bienes mancomunados, todas las posesiones son responsabilidad y propiedad de ambos cónyuges, sin importar a nombre de quién estén registradas. En caso de finalizar el matrimonio, los bienes se dividen por igual entre las partes, a menos que se establezcan porcentajes diferentes en las capitulaciones matrimoniales.

En cuanto a los bienes adquiridos por separado antes del matrimonio, ambos cónyuges aportan sus bienes a la sociedad conyugal. Sin embargo, en el caso de bienes adquiridos durante el matrimonio y a nombre de solo uno de los cónyuges, la sociedad conyugal sería la propietaria, aunque el notario pueda solicitar la firma de un solo cónyuge con la autorización del otro.

En cuanto a las deudas, en teoría, estas deberían ser responsabilidad de ambos cónyuges. Sin embargo, si las deudas están a nombre de uno solo, puede resultar difícil demostrar la existencia de la sociedad conyugal. En la práctica, las deudas se consideran individuales. 

En situaciones en las que un bien registrado a nombre de uno de los cónyuges está sujeto a una gran deuda, el acreedor podría cobrarse con la totalidad del bien, aunque la otra parte del matrimonio pueda reclamar su parte correspondiente.

Por otro lado, el régimen de bienes separados establece que cada cónyuge es propietario exclusivo de los bienes adquiridos antes y después del matrimonio. Cada uno puede disponer de sus bienes sin necesidad de autorización del otro. En caso de deudas, cada cónyuge asume las suyas individualmente. 

Es importante destacar que bajo este régimen, si un bien está registrado a nombre de un cónyuge que tiene una deuda considerable, el acreedor podría cobrarse con la totalidad del bien, a pesar de que ambos cónyuges lo utilicen.

El régimen de sociedad conyugal es recomendado cuando existe una dinámica familiar en la que uno de los cónyuges aporta el ingreso económico y el otro se dedica al hogar o la educación de los hijos, ya que brinda protección al cónyuge que no genera ingresos. 

Por otro lado, el régimen de bienes separados resulta conveniente cuando ambos cónyuges tienen ingresos, propiedades y pueden satisfacer sus necesidades por sí mismos, pudiendo considerar la posibilidad de poner bienes a nombre de ambos si así lo desean.

En conclusión, aunque el amor puede surgir de manera repentina y a primera vista, es esencial tener en cuenta los aspectos económicos y legales al decidir casarse. Las capitulaciones matrimoniales son herramientas fundamentales para establecer el régimen patrimonial que regirá la relación y proteger los intereses de ambas partes en caso de que el matrimonio llegue a su fin.

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