Juez concede primera suspensión de registro en Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

El juez Juan Pablo Gómez Fierro, del distrito en materia administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, concedió la suspensión a Oscar González Abundis, para que no se le cancele la línea por su falta de registro

MÉXICO.- Tras implementarse el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, un juez concedió la primera suspensión con la que se evita el registro de datos biométricos en el padrón.

El juez Juan Pablo Gómez Fierro, del distrito en materia administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, concedió la suspensión a Oscar González Abundis, para que no se le cancele la línea por su falta de registro.

De acuerdo con lo publicado por El Economista, el juez afirmó en su resolución que aunque las reformas a disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión buscan un fin constitucionalmente legítimo, entregar información personal y datos biométricos, podría no ser idónea, ni proporcional.

En la resolución se argumentó que no se aprecia cómo es que la entrega de datos personales, podría influir positivamente en las actividades de seguridad pública que el Estado debe desplegar, incluso no se entiende en qué medida se podría favorecer la investigación y persecución del delito.

"Pues la entrega de aquellos datos personales no constituye una condición necesaria para que las instancias respectivas investiguen más o mejor”, se indica en la resolución, según lo publicado por El Economista.

El juez señaló que si a los usuarios que no registren su línea telefónica móvil en el padrón, se les cancela su línea, esto influiría en el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

Lo anterior también repercutiría en el derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión, reconocidos en el artículo 6 de la Constitución federal”, indicó.

Para el registro en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil se solicitarán identificación oficial, comprobante de domicilio y datos biométricos.

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