Declaración anual: ¿Debo realizar declaración si percibo ingresos en criptomonedas?

Del 1 de abril al 30 de junio los contribuyentes presentarán la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); por lo que es necesario conocer cómo procederán los ingresos en criptomonedas. 

MÉXICO.- A partir del mes de abril, y hasta el 30 de junio, los contribuyentes que pertenezcan al régimen de las personas físicas, deberán presentar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), esto con el fin de ejercer con su obligación fiscal; no obstante, una duda que reviste de interés es cómo presentar la declaración con criptomonedas.

Más de 20 millones de contribuyentes tendrán su cita anual con la Secretaría de Hacienda para poder presentar su borrador de la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (RIF), así como el Impuesto del Patrimonio (IP), mismo que, en este 2022, se aprobó para la presentación por medios electrónicos o por teléfono.

Tal como recoge en la explicación de motivos de la norma publicada, todas las modificaciones persiguen mejorar la asistencia del contribuyente y limitar, dentro de lo posible, los requerimientos a los contribuyentes con el fin de conseguir una administración tributaria más eficiente.

Una de las novedades que ya presentó la autoridad fiscal para este año, es que incluye un apartado que sirve para identificar los saldos emitidos por monedas virtuales, así como demás bienes y derecho que provengan de este formato económico.

Saldos emitidos por monedas virtuales.

La autoridad fiscal implementó, para este año, un apartado que sirve para identificar los saldos emitidos por monedas virtuales, así como demás bienes y derecho que provengan de este formato económico. 

El incremento que está teniendo este activo en forma de criptomonedas, ha sido decisivo para que la Agencia Tributaria se haya decidido a modificar el modelo de declaración facilitando al declarante su ubicación en el documento de declaración de estas monedas virtuales. 

¿Cuál es la naturaleza de las criptomonedas según el Banco de México?

En el documento se establece que el Banco de México, en el caso específico de las criptomonedas, establece que éstas se consideran como activos virtuales debido a que:

No obstante, el Banco de México señala que los activos virtuales, si bien constituyen medios análogos de las monedas fiat, con las que se pueden incluso realizar transacciones comerciales, no cumplen con los requisitos para ser considerados como moneda de curso legal; y, por tanto, no está autorizadas para tal efecto.

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