Devolución de ahorros Infonavit: Esto es lo que necesitas saber

El dinero que se ahorra en la Subcuenta de Vivienda, es producto de las aportaciones que realizó tu empleador, pero sólo se pueden solicitar al Infonavit cuando el trabajador se pensione

MÉXICO.- Todos los trabajadores que cotizan para el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit), cuentan con un ahorro en la Subcuenta de Vivienda, que pueden solicitar.
 

El dinero que se ahorra en la Subcuenta de Vivienda, es producto de las aportaciones que realizó tu empleador, pero sólo se pueden solicitar al Infonavit cuando el trabajador se pensione.
 

¿Cómo se dividen los ahorros de la Subcuenta de Vivienda de Infonavit?
 

Existen tres tipos de ahorro en el Infonavit, que tienen diferentes implicaciones y son los siguientes:
 

Si entre mayo de 1972 y febrero de 1992 recibiste de tu empleador aportaciones del 5% sobre tu salario diario, cuentas con un fondo de ahorro.
 

Si entre marzo de 1992 y junio de 1997 recibiste de tu empleador aportaciones del 5% sobre tu salario diario integrado, tienes un ahorro en la Subcuenta de Vivienda.
 

Si a partir de julio de 1997 has recibido aportaciones del 5% sobre tu salario diario de tu empleador, cuentas con un ahorro en la Subcuenta de Vivienda 1997.
 

¿Cuándo puedes pedir tu dinero del Infonavit?
 

Si estás bajo la Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), recibirás tus ahorros en una sola exhibición y tienes la opción de solicitar la devolución al Infonavit o ante la Afore.
 

Los requisitos son:
 

  1. Tener ahorro disponible, ya sea del Fondo de Ahorro 72-92, Subcuenta de Vivienda 92, Subcuenta de Vivienda 97 o Solo Infonavit
     
  2. Contar con resolución de pensión expedida por el IMSS
     
  3. Estado de cuenta bancario a tu nombre con Clabe, con vigencia no mayor a dos meses y debes verificar que tu cuenta acepte depósitos por la cantidad a recibir
     
  4. Número de Seguridad Social, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y Clave Única de Registro de Población (CURP)
     
  5. No tener un crédito vigente con el Infonavit
     
  6. Estar registrado en una Afore
     

Si está bajo el régimen de la Ley 97, debes solicitar tu dinero a la Afore, con sus rendimientos generados hasta el momento de la solicitud, los cuales se integrarán al saldo total con el que tu Afore determinará tu pensión mensual.
 

Si además tienes recursos disponibles en el Fondo de Ahorro 1972- 1992, debes solicitar este dinero directamente al Infonavit.

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