El IMSS brinda respaldo económico en caso de invalidez a través de las Afores

El IMSS y las Afores brindan opciones de respaldo económico en casos de invalidez, tanto en forma de pensión como de retiro de recursos acumulados en la cuenta individual, entérate de los detalles

MÉXICO.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las administradoras de fondos para el retiro (Afores) ofrecen un respaldo económico a los afiliados en caso de sufrir un accidente y quedar en estado de invalidez. Existen dos tipos de seguros de invalidez disponibles: temporal y permanente, los cuales pueden solicitarse desde el momento en que ocurre el siniestro.

Según Gerardo López, experto en pensiones de la Universidad Panamericana, la gravedad del estado de invalidez será determinada por los servicios médicos institucionales. En caso de invalidez temporal, la Ley Federal del Trabajo establece la indemnización correspondiente, la cual determinará el porcentaje de recursos que se recibirá.

Si el trabajador tiene ahorros en su Afore para el pago de la pensión y estos no son suficientes, el gobierno debe complementarlos a través del IMSS. Sin embargo, esta opción solo aplica para aquellos que hayan cotizado antes del 1 de julio de 1997.

De acuerdo con la Ley del IMSS, se requiere que el asegurado tenga acreditadas al menos 250 semanas de cotización para acceder a las prestaciones de invalidez. Si el dictamen determina una invalidez del 75% o más, solo se necesitarán 150 semanas de cotización.

En caso de ser declarado en estado de invalidez permanente y no cumplir con las semanas de cotización requeridas, el trabajador podrá retirar en cualquier momento el saldo de su cuenta individual del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez en una sola exhibición.

Para aquellos que comenzaron a cotizar en el IMSS antes del 1 de julio de 1997 y están registrados en una Afore, tendrán la opción de recibir una pensión mensual del seguro de invalidez y también podrán retirar parte de los recursos de su cuenta Afore en una sola exhibición.

En el caso de los trabajadores que comenzaron a cotizar después del 1 de julio de 1997, no tendrán derecho a elegir una pensión pagada por el IMSS. Se recomienda a estos trabajadores verificar que su patrón realice las aportaciones correspondientes para garantizar su seguridad laboral.

Es importante destacar que, para recibir la pensión por invalidez, es necesario realizar los exámenes y tratamientos médicos prescritos por los servicios médicos institucionales, así como someterse a investigaciones médicas, sociales y económicas para comprobar y mantener el estado de invalidez.

El IMSS y las Afores brindan opciones de respaldo económico en casos de invalidez, tanto en forma de pensión como de retiro de recursos acumulados en la cuenta individual, asegurando así la protección de los trabajadores en situaciones adversas.

Fuente: Universidad Panamericana y LFT

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